martes, 22 de octubre de 2013

No podemos ser cómplices.

Ante las declaraciones de Mariano Rajoy, con respecto a las reformas que esta y lleva haciendo su gobierno (sustentado por el P.P.) con las cuales aclara que el futuro de la economía española, literalmente, se expresa en los siguientes términos: "que la economía será más competitiva y flexible, capaz de crecer y generar empleo."

Pues bien, ya nos encontramos aquí, la vuelta a una época que creíamos fenecida y desfasada, la vuelta a la esclavitud, la del amo y siervo. Será cierto que será más competitiva, pero en base a contratos basura y sueldos miserables.


Será cierto que será más flexible, pero en base al despido libre y al cercenamiento de los derechos sociales y con excusas baratas e injustas socialmente.

Será cierto que se crecerá, pero solamente lo harán unos pocos, los mismos de siempre, unos privilegiados, unos caciques, que verán como crecerán sus sueldos, pensiones, privilegios, subvenciones, ...etc., en perjuicio de la mayoría de la sociedad y de los trabajadores.

Será cierto que se generará empleo, pero en base a subyugar y someter a la sociedad y de los trabajadores.

Como nacionalsindicalistas, no podemos más que negarnos a esto, total y absolutamente.       

Como sindicalistas, pilar básico de nuestro ideario, no podemos cejar en la lucha contra la vuelta e implantación de unas condiciones injustas socialmente y de una época ya caduca y desfasada.

No hay sociedad, no hay nación, no hay unidad, si no hay Justicia Social.

No dejemos para nuestros hijos, una sociedad sin derechos, que con tanto sudor, sangre y lágrimas consiguieron nuestros padres. 


Ya que si consentimos, sencillamente, seremos cómplices.

domingo, 20 de octubre de 2013

UNT de Valladolid con los trabajadores de Panrico.


A finales del mes de septiembre, las alarmas saltaban a los trabajadores de Panrico. En los tiempos que corren hoy en día, cualquier trabajador va a su puesto con miedo de que lo puedan despedir de la noche a la mañana, y eso es lo que está sucediendo ahora mismo en Panrico.

Nos informan de que, Carlos Gila, el Consejero Delegado de Panrico ha comunicado la intención de prescindir de 1.914 personas (75 altos cargos, 756 empleados de fábricas, 600 autónomos y 483 técnicos de soporte) hasta 2015. Debemos destacar que la plantilla está formada por algo más de 4.000 trabajadores.
Como no podría ser de otra manera, la “limosna” a todos esos despedidos será de 20 días por año de servicio con un tope de 12 mensualidades, el mínimo que fija la infame reforma laboral que padecemos los trabajadores españoles.

Para los que tengan la suerte (o la desgracia) de quedarse en su puesto de trabajo se les aplicaría una reducción salarial entre el 35% y el 45% de media a los asalariados y del 20% de media a los autónomos.

En el caso de la planta que tiene Panrico en Valladolid, ya el año pasado los trabajadores (unos 210) tuvieron que reducir su nómina en un 12% para que sus puestos de trabajo no peligrasen. Además la Junta de Castilla y León aprobó una ayuda de 711.000 €, con el fin de que la planta vallisoletana no cerrase.

Entonces ¿Qué broma de mal gusto está gastando Panrico a sus trabajadores? ¿Pretenden que vayan gratis a trabajar? ¿Esas ayudas estatales que dan a esas empresas para que no cierren y después de un corto periodo de tiempo cierran, son devueltas?

Desde Unión Nacional de Trabajadores de Castilla y León nos parece indignante cómo están tratando a los trabajadores de Panrico en Valladolid en particular y del resto de las plantas en general.

Aprovechamos esta injusticia para ponernos a disposición de los trabajadores asalariados o autónomos de esta planta tan importante para la ciudad de Valladolid.

Podéis poneros en contacto con nosotros en el correo electrónico sindicatountcyl@yahoo.es.

Somos un sindicato libre, transparente y sin engaños. Que lucha por el trabajador ¡Porque luchamos por ti!


El liberal-capitalismo entre Sindicatos y Comunidad Valenciana.


La Sección Sindical de Justicia de la Unión Nacional de Trabajadores de la Comunidad Valenciana, manifiesta:
Ante los nuevos recortes en la función pública, ahora habrá más restricciones referentes a la legislación de trabajo, una legislación claramente regresiva y antisocial.
Los sindicatos mayoritarios (no sólo UGT y CC.OO. si no también el CSIF), han llegado a un acuerdo con la Generalitat Valenciana (aunque de momento es un borrador, pero muy significativo), en el cual se pretende dar una vuelta más de tuerca a los funcionarios y, por ende, a los trabajadores. Y, en Andalucía, otro tanto, han hecho dichos sindicatos lo mismo: han firmado un acuerdo-marco con la Junta de Andalucía en el que, entre otras cosas, se excluyen diversas enfermedades infecciosas.
Se excluyen enfermedades infecciosas, los procesos de acoso laboral, las enfermedades crónicas o las crisis de empeoramiento, etc... etc.... Lo que provocará que, para no nos recorten más los sueldos, en este caso por enfermedad, vayamos a nuestros puestos de trabajo, enfermos y, además, en algunos casos, padeciendo enfermedades crónicas o graves, con el riesgo que ello conlleva.

Todo ello con la excusa de que la "crisis económica ha llevado a las diferentes organizaciones públicas y privadas a reordenar la mejora voluntaria del régimen legal de la prestación en la situación de incapacidad temporal".

Y ahora salta el CSIF diciendo que deberían haberse incluido, pues menudo sindicato tenemos los funcionarios que firman acuerdos o borradores sin estar de acuerdo (se supone), porque la firma aunque sea un borrador, es por estar de acuerdo con el mismo.

¿Qué se pretende de un gobierno de derechas y liberal? Ni más ni menos que volver a épocas pasadas, sutilmente, pero nos vemos abocados a ellas, unas épocas en las que los trabajadores no tenían ningún derecho, eran meros instrumentos, herramientas, en manos de unos amos, terratenientes, oligarcas.

Y estos sindicatos (incluido el CSIF) apoyando a éstos últimos. No son más que apéndices de un sistema liberalcapitalista que pretende subyugar al trabajador con la útil herramienta de UGT, CC.OO., CSIF y sus adláteres, ya que no son más que esto.

La ONCE sigue mintiendo a sus Trabajadores

La dirección de la ONCE con su Premio Príncipe de Asturias de la Concordia sigue mintiendo y sancionando a sus vendedores.

Porque los trabajadores/as de la ONCE no estamos de acuerdo de cómo nos están tratando tanto la Directiva como el sindicato UTO-UGT que presuntamente a base amenazas y coacciones ha sido el sindicato mayoritario y junto con el apoyo de CCOO han firmado el XV convenio colectivo y sin importarles el bienestar de los trabajadores/as.. Desde el sindicato Unión Nacional de Trabajadores sector ONCE, un sindicato libre en el ámbito de la empresa no pararemos en denunciar la falsedad y la hipocresía de estos Dirigentes y sobre todo los Sres. de UTO-UGT que ya no saben cómo tienen que hundirnos más día a día en la miseria.

El mismo día que el jurado del premio Príncipe de Asturias de la Concordia estaba conc
ediendo el galardón a la ONCE, la dirección de la institución en Asturias notificaba a una buena parte de sus vendedores de cupón que, en el caso de no cubrir los mínimos de venta, se les abriría un expediente que podría derivar en despido. Esta no es la única comunidad autónoma donde se ha producido esta advertencia oficial, que en el caso asturiano supera el 10% de la plantilla. Ya en Extremadura, La Rioja y Andalucía se han producido hechos similares, que como todos sabemos se está produciendo a escala nacional sin que los trabajadores hagamos algo para frenarlo.

Y como casi todos sabemos que en el galardón concedido a la ONCE, destacaba el compromiso de la institución con el empleo estable y con la dignificación de los discapacitados, tanto los visuales como con minusvalías. 


La utilización del régimen disciplinario debe estar sujeta a supuestos por incumplimientos achacables al personal y no a cuestiones sobre las que los vendedores y vendedoras no pueden incidir, como el puesto donde desempeñan su labor. Cuestión esta que depende por completo de la dirección de la entidad y que en buena medida determina el nivel de ventas alcanzado. Teniendo en cuenta que la Dirección no está ajena a la crisis económica y tampoco es ajena a la venta de productos siendo una realidad palpable la caída continua de ventas de la entidad en los últimos años.

Desde UNT-ONCE continuaremos denunciando la arbitrariedad con la que se están tratando estos casos y muchas otras cuestiones del ámbito laboral. Se trata de una organización que actúa como si fuera una empresa privada al uso, sin tener en cuenta compromisos sociales y la consideración que la propia sociedad española le tiene a la ONCE, los trabajadores de esta institución tenemos que denunciar esta política de exigencias de mínimos, que a ellos no les importa si hay crisis, porque para la mayoría de los trabajadores/as los objetivos son casi inalcanzables y sin preocuparse entre la diferencia de aquellos puestos de venta que tienen más fácilmente acceso al público de los que están situados en lugares más recónditos.

Hay que añadir que la ONCE no tiene en cuenta la actual crisis económica y la rebaja de ventas vinculada a la menor disponibilidad de dinero por parte de los potenciales clientes, lo que, a nuestro entender, debería otorgar más flexibilidad a los vendedores.

Es curioso, además, que el colectivo más perjudicado el de los vendedores, y el más expuesto a la parte más sacrificada del trabajo, tenga un porcentaje de ciegos y de otros discapacitados mucho mayor que el que desempeña labores más burocráticas o de cargos intermedios de la institución.

Pero, además, para los trabajadores/as y el actual sistema que la propia ONCE tiene posiblemente esté cometiendo fraude de ley ya que rompió sus propios estatutos y está haciendo competencia desleal a sus propios vendedores. Tenemos que recordar que no tienen permiso de Hacienda para la venta de nuestros productos, y la institución sin contar con el apoyo de todos sus trabajadores ha otorgado a una unión de empresas, formada por Gtech y Logista, para otorgar la distribución de una buena parte de los cupones de la ONCE y de otros juegos organizados por la institución.

Nosotros somos conscientes como lo fueron aquellos pioneros que fundaron la ONCE hace 75 años, y compartimos nuestra suerte y nuestro esfuerzo con la sociedad, y con los ciudadanos, ya que con su apoyo y su incondicional cita diaria, ha hecho posible nuestra verdadera historia “a ellos se lo debemos todo”

El modelo de inclusión social basado en educación, empleo y plena ciudadanía, impulsado por la ONCE y su fundación sobre las bases de gestión del juego responsable es un ejemplo único, pero ahora tratan de poner marcha atrás y a su vez perjudicar a la mayoría de sus trabajadores/as.


Desde UNT-ONCE tenemos que aconsejaros que si eres de los afectados por lo que la ONCE llama BAJA RENTABILIDAD, te pongas en contacto con nosotros para que te podamos asesorar

Nosotros también tenemos que deciros ¿porque no sancionar a tantos Directivos que si nos están perjudicando a nuestra institución con su baja rentabilidad?

Unión Nacional de Trabajadores somos un nuevo sindicato constituido en la ONCE para ayudar y defender los derechos de todos los Trabajadores/as.

Y recuerda que tú estas vendiendo ilusión pero no dejes que te quiten la tuya.

miércoles, 16 de octubre de 2013

La Administración de Justicia y la informática

Cada cierto tiempo, se "vierten" declaraciones sobre la conveniencia de una profunda reforma judicial y, en este caso, informática. Los políticos alardeaban de que no habría ningún papel en los órganos judiciales con el apoyo "ciego" de los actuales sindicatos "mayoritarios".

            Pues bien, este paisaje ideal no solo no existe si no que no va a existir.
Los problemas informáticos actuales se producen a diario, entorpeciendo la buena marcha de la Justicia y del trabajo de los funcionarios, dado que por ejemplo, los ordenadores tardan más tiempo de lo ideal en estar totalmente operativos; el trabajo diario de los documentos judiciales informáticos se ve entorpecido por su enlentecimiento que, a bastantes veces, causa que se deben reiniciar las computadoras; la conexión vía internet e intranet, se ven muchas veces colapsadas con lo que supone también o el no tener acceso a datos importantes o tener que volver a reiniciar el ordenador; no se tiene acceso a diversos organismos necesarios, ya que se hayan bloqueados, siendo importante su acceso para la debida y rápida tramitación de los procedimientos judiciales; se producen muchas averías informáticas que tardan en subsanarse; falta de servidores potentes, falta del correcto mantenimiento de hardware y software, etc...


            Así, no hay manera de que la Administración de Justicia sea ágil y rápida.
Pero ¿qué se puede pedir de unos políticos y sindicalistas que van a la suya?
            No les interesa para nada una Justicia libre, independiente, rápida y ágil. Solo hace falta ver el panorama actual para comprobarlo.

miércoles, 9 de octubre de 2013

Concurso para el calendario de bolsillo de 2014

Se acaba de abrir el plazo de admisión.
Estamos realizando un concurso para elegir el próximo calendario de bolsillo anual de la U.N.T. 2014
Atrévete y remítenos tu dibujo, tu diseño, plasma tu idea y mándanosla.
El ganador recibirá un lote de productos de UNT (insignia, llavero, bandera,…etc.)
La fecha límite será hasta el domingo 3 de Noviembre a las 23:59 horas, y la Junta Nacional elegirá el ganador el lunes siguiente.
Bases del concurso:
Se pueden mandar tantas fotos, montajes, ideas como se quiera por persona; no hay límite. El ganador renunciará a todo derecho de autor. No pueden contener copyright. Se trata de ser creativo y original.
Anímate. ¡¡Te esperamos!!

viernes, 4 de octubre de 2013

Primeras denegaciones de la paga extra de empleados públicos y modelo de Recurso de Reposición

Nos informan desde la Sección Sindical de UNT en el Ministerio de Defensa, que ya se están produciendo -con un año de retraso- las primeras denegaciones de las reclamaciones individuales de la parte proporcional de las pagas extraordinarias que UNT facilitó en su día a todos los empleados públicos en 2012.
 
La argumentación de la denegación es tan insostenible jurídicamente, que aconsejamos plantear Recurso de Reposición, y ello pese a que se agotaba la vía administrativa con tal reclamación, dado que aún queda pendiente la resolución de la demanda colectiva presentada por los sindicatos mayoritarios (y que no se resolverá pronto, ya que la Audiencia Nacional presentó en su día una Cuestión de Constitucionalidad a cuya resolución se han condicionado todos los pleitos planteados ante dicho órgano).
 
Aunque este es el modelo que el Servicio Jurídico de UNT ha preparado para el personal laboral del Ministerio de Defensa, con ligeros retoques referentes al órgano al que dirigirlo es plenamente válido para cualquier otra denegación al personal laboral sometido al III Convenio Único de la Administración General del Estado que se haya formulado en base al insostenible argumento del devengo en el mismo mes de la paga extraordinaria.
 
El modelo es el siguiente:


SUBSECRETARÍA DE DEFENSA
Pº de la Castellana 109
28.071-Madrid

 

D. ............................ con DNI nº. ................... , con domicilio a estos efectos en su centro de trabajo, Personal Laboral con la categoría de .......................... , con destino en .........................., calle .........., nº. ... de la localidad de ............., Código Postal .........., con el debido respeto y como mejor proceda en Derecho, DICE:
 
Que con fecha .... de ......... de 2013 le fue comunicado, por parte de esa Subsecretaría de Defensa, escrito (nº de referencia ....................) de desestimación de la reclamación fechada el ..... de ............ de 2012 presentada por quien suscribe, referente al abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad, informándose en el escrito de denegación de que se disponía de un mes de plazo para presentar RECURSO DE REPOSICIÓN, lo cual se procede a hacer con el presente escrito, y ello en base a las siguientes
 

ALEGACIONES

 
PRIMERO.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, el Gobierno redujo al abajo firmante las retribuciones en el ejercicio 2012 en las cuantías que en el mismo precepto se especifican, procediendo también a la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre.
 

SEGUNDO.- Que, pese a la artificiosa conclusión –inédita en el Derecho Laboral– de dicho escrito de denegación, según el cual no hay devengo en este caso hasta el mes de diciembre (mencionando el artículo 72.1 del III Convenio Único y obviando el artículo 72.2) y por ello no hay ningún derecho a dicho abono (confundiendo el concepto y las fechas de devengo con el del vencimiento del derecho al abono del tiempo ya trabajado, explicitados en el artículo 72.2 del III Convenio Único) el derecho al cobro de la paga extraordinaria de diciembre empieza a generarse desde el día primero de junio del ejercicio en curso hasta el día treinta de noviembre del mismo, siendo su vencimiento (que no su devengo) en diciembre, tal y como establecen el artículo 33 de la Ley 33/1987 de 23 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1988 y sobre todo el artículo 72.2 del III Convenio Único ya mencionado, cuyo tenor literal –de una claridad meridiana– es el siguiente:
 
2. A los efectos de lo previsto en este artículo, la paga de junio retribuye el periodo comprendido entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo, y la correspondiente a diciembre, el periodo de servicios entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.”
 
Además, dada la entrada en vigor el día 15 de julio del Real Decreto-Ley 20/2012 (que suprime la paga extraordinaria de diciembre) no procede, de acuerdo con el artículo 9.3 de la Constitución, la retroactividad de una disposición sancionadora, no favorable, o restrictiva de derechos, por lo que el derecho a la percepción de la paga extraordinaria de diciembre generado entre los días 1 de junio de 2012 y 14 de julio de 2012, es de obligado cumplimiento por parte de la Administración, debiendo ser abonado.
 
El sorprendente argumento de que la paga extraordinaria de Navidad se devenga desde el primer día hábil de diciembre es un error evidente de interpretación que confunde el concepto de “devengo” con el de “vencimiento”: en diciembre se abona el periodo devengado desde junio hasta noviembre (por eso se abona en diciembre, que es cuando vence), y no el devengado a partir de diciembre, (que es el que vence y se abona en junio).
 

TERCERO.- Que, razonando de forma totalmente contraria al citado escrito de denegación, los tribunales de Justicia están dictando unánimemente sentencias que reconocen la procedencia del abono solicitado en todos los casos y organismos públicos, reconociendo que resulta inadmisible denegar el abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de Navidad ya generada hasta el momento en que entró en vigor el RD-L 20/2012. Incluso hay presentadas cuestiones de constitucionalidad (valga por todas la emitida por la Audiencia Nacional en su Auto 16/2013 de 1 de marzo de 2013) sobre ese y otros aspectos conflictivos del R.D.-L. 20/2012.
 
Así, y para que no pueda alegarse desconocimiento por parte de esa Subsecretaría de Defensa ni se justifiquen artificiosas interpretaciones del Derecho Laboral como la que se realiza en el escrito de denegación de la solicitud, pueden ilustrar el presente caso las sentencias judiciales de otros casos sustancialmente idénticos, como es el caso de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 1ª, Sentencia de 15 de marzo de 2013, rec. 4/2013, cuyo Fundamento Jurídico Cuarto dice contundente y textualmente:
 
“A las gratificaciones extraordinarias se les reconoce unánimemente, doctrinal y judicialmente, naturaleza salarial, concibiéndose como una percepción económica que el trabajador va obteniendo día a día con la ejecución de su prestación laboral, encuadrándose con claridad en la categoría de salario diferido. En esta línea se inscribe la STS de 21 de Abril del 2010, rec. 479/2009, que señala las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del llamado salario diferido, se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador (…).”
 
Razonamiento que, como no puede ser de otra manera, lleva al siguiente Fallo:
 
“Estimamos (…) en su integridad la demanda interpuesta (…) declarando el derecho del personal laboral de administración y servicios de las Universidades Públicas Madrileñas a percibir las cantidades correspondientes a los servicios efectivamente prestados con carácter previo a la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2012 (…) respecto de la paga de Navidad correspondiente al año 2012.”

Y a la misma conclusión llegan, entre otras, las siguientes sentencias judiciales: Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, Sala de lo Social, Sentencias de 3 de junio de 2013, rec. 4/2013 y 5/2013;Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 5ª, Sentencia de 22 de abril de 2013, rec. 25/2013; Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Social, Sentencia de 11 de julio de 2013, rec. 301/2013; Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 5ª, Sentencia de 14 de diciembre de 2012, proc. 69/2012. us


Por todo lo expuesto,
 
SOLICITA,  que, sin perjuicio de ulteriores recursos legales cuyo ejercicio el firmante se reserva, tenga por presentado en tiempo y forma el presente RECURSO DE REPOSICIÓN, se sirva admitirlo, y en consecuencia, sean cursadas las instrucciones para el puntual cumplimiento de las disposiciones antes mencionadas, procediéndose al abono de la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre generada antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012 de 13 de julio (BOE de 14/07/2012), que entró en vigor el 15 de julio de 2012, por tanto desde el día 1 de junio hasta el día 14 de julio de 2012 con los intereses legales que correspondan.

 
Es de Justicia que respetuosamente pide en Madrid, a ..... de ........ de 2013.


 
SUBSECRETARÍA DE DEFENSA

jueves, 3 de octubre de 2013

Curso de Formación Sindical a partir del 19 de octubre

UNT organiza en Madrid un Curso de Formación Sindical gratuito y de asistencia libre (los no afiliados a UNT deberán comunicarnos previamente sus datos para poder asistir) y con periodicidad mensual, que comenzará en este mes de octubre y que pretende ayudar a comprender los derechos sindicales y laborales en general de los trabajadores, lo cual resulta necesario para poder defender adecuadamente tanto los derechos de nuestros compañeros como los nuestros propios.

Las clases se celebrarán un sábado de cada mes, de 6 a 8 de la tarde, en nuestra sede de Madrid, sita en la calle Carranza 13, 2ºA.

Las fechas en que se impartirán las clases este trimestre serán el 19 de octubre, el 16 de noviembre y el 14 de diciembre de 2013.

El temario será el siguiente:

1.- La representación de los trabajadores en el sistema actual.

  A) Representación unitaria:

     - Delegados de Personal.

     - Comités de Empresa y Comités Intercentros.

     - Juntas de Personal.

   B) Representación sindical:

     - Secciones Sindicales.

     - Delegados Sindicales.

2.- Las elecciones sindicales.

   A) El Preaviso electoral.

   B) Calendario y proceso electoral.

   C) Impugnación de elecciones.

3.- Derechos y garantías de los representantes de los trabajadores.

   A) Derecho de información.

   B) Crédito horario.

   C) Derecho de acceso y libre circulación.

   D) Derecho a la libertad de expresión.

   E) Derecho a tablón de anuncios.

   F) Derecho a un local.

   G) Derecho de reunión.

   H) Funciones en materia de Seguridad Social.

   I) Derecho a la negociación colectiva.

   J) Derecho de huelga.

   K) El conflicto colectivo, las actuaciones judiciales, extrajudiciales y ante la Inspección de Trabajo.

   L) Derecho de manifestación.

   M) Garantías en materia disciplinaria.

   N) Derecho a la participación en la acción social.

   O) Derecho a la seguridad e higiene en el trabajo; prevención de riesgos laborales.

   P) Mandato, extinción y revocación de la condición de representante.

   Q) Vacaciones, permisos y excedencias.

   R) Derechos de audiencia, consulta, vigilancia y control.