lunes, 8 de julio de 2013

Aviso importante: no es cierto que todos los convenios denunciados hayan perdido hoy su vigencia.

Ante la alarma que han provocado hoy los medios de comunicación, "informando" de que millones de trabajadores se quedaban a partir del día de hoy sin convenio colectivo en aplicación de lo previsto en el nuevo artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores (modificado por la Reforma Laboral de 2012), el Servicio Jurídico de UNT quiere aclarar lo siguiente:
 
1º La mayor parte de los convenios colectivos, según nuestro criterio, seguirán vigentes, puesto que en su mayoría contienen cláusulas de prórroga automática y eso entra dentro de la excepción prevista en el citado artículo 86.3 del E.T. ("salvo pacto en contrario").
 
2º Aunque finalmente serán los tribunales los que tendrán que aclararlo de forma definitiva, nos parece claro que el artículo 86.3 del ET es una norma supletoria aplicable únicamente después de no resultar aplicables los dos puntos anteriores (86.1 y 86.2 del ET). Por ello la pérdida de vigencia pasado un año de los convenios denunciados no es una consecuencia necesaria en la mayor parte de los casos.
 
3º Los derechos a la libertad sindical y a la negociación colectiva han de prevalecer sobre dicho artículo 86.3 del ET, por lo que cualquier acuerdo o pacto de prórroga de un convenio o de parte de él (normalmente la parte normativa del mismo) ha de ser respetado.
 
4º Es importante no aceptar de entrada la pérdida de vigencia de ningún convenio -y la consecuente aplicación directa del Estatuto de los Trabajadores (siempre más parco en derechos)-, pues es necesario estudiar caso por caso la vigencia de cada uno, bien sea por la posible existencia de alguna cláusula o pacto que permita su prórroga, bien por la posible concurrencia de otro convenio aplicable que siga en vigor (como sucede en algunos sectores en los que concurren varios convenios y se aplica uno por el criterio de especialidad, pudiendo perder este la vigencia sin que la haya perdido el convenio más general).

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